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Obligación de diligencia

El 1 de enero de 2001 entró en vigor en el Principado de Liechtenstein la nueva ley sobre la obligación profesional de diligencia en los negocios financieros (SPG - Gesetz über die beruflichen Sorgfaltspflichten bei Finanzgeschäften), aprobándose en 2005 su primera reforma.

La ley sobre la obligación de diligencia sirve para controlar el blanqueo de dinero y la criminalidad organizada. No hubo cambio alguno del secreto bancario definido por la ley, ni tampoco del secreto profesional de los fiduciarios.

Todos los intermediarios financieros, es decir especialmente los fiduciarios, los bancos y los administradores patrimoniales, quedan obligados al entablar relaciones comerciales a:
  • identificar la parte contratante,
  • identificar el beneficiario económico de los valores patrimoniales aportados,
  • confeccionar un perfil de las relaciones comerciales, es decir aclarar y documentar el fondo económico y el origen de los valores patrimoniales así como su finalidad de uso y controlar continuamente que las transacciones efectuadas correspondan a este perfil.
El intermediario financiero debe sacar una copia del documento de identidad de la parte contratante o bien del beneficiario económico (pasaporte, documento de identidad, permiso de conducir), guardando ésta por separado y en forma especialmente protegida junto con la documentación relativa a la obligación de diligencia.

La observancia de las obligaciones de diligencia puede ser delegada bajo determinadas condiciones por el intermediario financiero a terceros adecuados (p. ej. bancos, abogados).



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